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DESARROLLO RURAL, RETO DEMOGRÁFICO Y TURISMO

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Escuelas Profesionales

PROGRAMA DE ESCUELAS PROFESIONALES DUALES DE EMPLEO DE EXTREMADURA

La Orden de 26 de noviembre de 2020 (Correc. errores publicada en el DOE el 09/12/2020) establece las bases reguladoras para la financiación de dos líneas de actuaciones:

Línea I. Subvenciones a entidades promotoras de los proyectos de Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura.

Línea II. Subvenciones dirigidas a empresas privadas para la contratación de personas participantes en los proyectos de Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura que hayan obtenido evaluación positiva.

 

LÍNEA I. DEFINICIÓN DE LOS PROYECTOS

CONVOCATORIA 2021:

Resolución de 29 de diciembre de 2020, de la Secretaría General del SEXPE, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2021 dirigida a entidades promotoras de proyectos del Programa de Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura.

Extracto de la Resolución de 29 de diciembre de 2020, de la Secretaría General del SEXPE, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2021 dirigida a entidades promotoras de proyectos del Programa de Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura.

El Programa de Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura consiste en el desarrollo de proyectos que combinan el aprendizaje y la cualificación con el trabajo efectivo en actividades de utilidad pública o interés social, junto a la adquisición de competencias básicas y genéricas, para la mejora de la empleabilidad de las personas participantes, a través de la profesionalización, el acompañamiento y la adquisición de experiencia, con el objetivo último de facilitar su inserción laboral.

Los proyectos tendrán una duración de doce meses, en la que el alumnado trabajador estará contratado por la entidad promotora en la modalidad del contrato para la formación y aprendizaje. La duración de la formación teórico-práctica deberá ser como mínimo del 25 por ciento del total de la duración del proyecto.

Los proyectos deberán contar con el compromiso de contratación por empresas privadas (a estos efectos no se considerarán como tales a las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro), personas autónomas o profesionales colegiados en centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura del 40 % de las personas participantes, en cada una de las especialidades del proyecto.

 

Las contrataciones derivadas de dichos compromisos de contratación se llevarán a cabo en el plazo de tres meses desde la finalización del proyecto en centros de trabajo radicados la Comunidad Autónoma de Extremadura y en ocupaciones relacionadas con la familia profesional a la que pertenezca la correspondiente especialidad formativa, los contratos se realizarán a las personas participantes que hayan superado con evaluación positiva la totalidad del itinerario formativo. La jornada de trabajo será a tiempo completo y la duración del contrato será como mínimo de 6 meses.

El número de participantes en cada especialidad formativa será de quince y el número máximo de participantes por proyecto podrá establecerse en cada convocatoria de subvenciones a entidades promotoras.

 

PERSONAS DESTINATARIAS FINALES

Los destinatarios finales serán personas desempleadas, mayores de 18 años e inscritas en los Centros de Empleo del SEXPE y deberá estar desarrollando o haber desarrollado en los últimos doce meses un itinerario individual y personalizado de empleo con el SEXPE o con una entidad colaboradora.

En este mismo sentido, la persona participante deberá reunir los requisitos establecidos en el artículo 11 de la Orden de 26 noviembre de 2020.

 

ENTIDADES BENEFICIARIAS

Las entidades promotoras beneficiarias son las entidades locales, sus organismos autónomos y entidades con competencia en materia de promoción de empleo dependientes o asimiladas a las mismas cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales, en los términos establecidos en la orden.

Las entidades deberán ser competentes para la ejecución de actividades de utilidad pública e interés social a ejecutar en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura y además tienen que presentar una memoria-proyecto que se considere técnicamente viable por el SEXPE.

Cuando el itinerario formativo del proyecto vaya dirigido a la obtención por las personas participantes de certificados de profesionalidad, la entidad promotora deberá estar acreditada e inscrita para ello en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura o solicitar su acreditación con anterioridad a la finalización del plazo establecido para presentar la solicitud de subvención para el desarrollo del proyecto en la presente convocatoria de subvenciones a entidades promotoras.

 

En el caso de que la entidad no esté acreditada o de que la solicitud presentada no reúna los requisitos para su acreditación, la especialidad formativa no será viable, según lo dispuesto en el artículo 18 de la Orden de 26 de noviembre de 2020.

 

CONTENIDO DE LOS PROYECTOS

Durante el desarrollo del proyecto las personas participantes recibirán acompañamiento/tutorización, formación profesional para el empleo y formación complementaria, alternándola con la práctica profesional.

Cuando la formación sea conducente a la obtención de certificados de profesionalidad, el plan formativo se adecuará a los contenidos mínimos establecidos en los reales decretos que regulen dichos certificados de profesionalidad.

En el caso de no existir formación conducente a la obtención de certificado de profesionalidad, la formación estará constituida por los contenidos de los módulos formativos de la correspondiente cualificación incluida en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, o en su defecto, por los contenidos mínimos orientativos establecidos en el Catálogo de Especialidades Formativas o por los contenidos formativos que se aprueben por el Servicio Extremeño Público de Empleo para el respectivo proyecto.

Será contenido necesario del plan formativo la inclusión de los siguientes módulos complementarios:

 

1.- Módulo de prevención de riesgos laborales.

 

2.- Módulo de igualdad de género y sensibilización medioambiental.

 

3.- Módulo de competencia digital.

 

La entidad promotora facilitará durante todo el proceso formativo acompañamiento/tutorización, como un proceso de guía, acompañamiento y motivación continuada en el desarrollo personal y profesional de cada participante, fortaleciendo su papel social, contribuyendo a mejorar su capacidad para la toma de decisiones y a la realización de las acciones y actividades previstas, en coordinación con las empresas que se hayan comprometido a su contratación posterior.

Las acciones a realizar serán fundamentalmente de orientación, desarrollo de aspectos personales y aquellas que aborden competencias básicas y genéricas.

Las acciones de acompañamiento/tutorización tendrán como referencia la Guía de Herramientas de Acompañamiento/tutorización, elaborada por la Dirección General competente en la gestión de programas públicos de empleo-formación del SEXPE.

Desde la finalización del proyecto, los recursos de las redes técnicas territoriales de políticas activas de empleo y desarrollo local prestarán asistencia técnica a las personas participantes en colaboración con las empresas, tanto en la búsqueda de empleo por cuenta ajena como para el establecimiento por cuenta propia, de forma individual o en proyectos de economía social.

 

SUBVENCIÓN

El procedimiento de concesión de la subvención se iniciará de oficio, por Resolución del titular de la Secretaría General de la Consejería competente en materia de empleo, mediante convocatoria periódica y se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el Título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

 

LÍNEA II. SUBVENCIONES A EMPRESAS

En el Capítulo III de la Orden de 26 de noviembre de 2020 se regulan las subvenciones dirigidas a empresas privadas para la contratación de personas participantes en los proyectos de Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura que hayan obtenido evaluación positiva.